El contrato de distribución en Túnez: una guía completa con preguntas y respuestas

24 septiembre 2025 - Dr. Christian Steiner

Las empresas que deseen vender sus productos en Túnez pueden elegir entre diferentes canales. Trabajar con un distribuidor es una de las opciones más habituales. Esta opción puede ampliar la presencia local y generar oportunidades de negocio, pero también plantea importantes consideraciones legales y prácticas. En esta sección de preguntas y respuestas, abordamos las cuestiones clave. Podemos ayudarle a perfeccionar un acuerdo para Túnez.

¿Qué leyes tunecinas regulan los contratos de distribución y cómo se aplican?

Los contratos de distribución tunecinos se rigen principalmente por el Code de Commerce (Código del Comercio), que establece las normas generales para los contratos comerciales, y por el Code des Obligations et des Contrats (COC), que proporciona el marco de referencia básico para las obligaciones contractuales, así como su ejecución y resolución. De conformidad con el artículo 2 de la ley 2009-69, se entiende por «actividad de distribución» cualquier actividad realizada a título profesional que implique la compra de productos para su reventa en su estado original, al por mayor y al por menor. Por lo tanto, cualquier actividad realizada habitualmente y con fines lucrativos que implique la compra de productos para su reventa en su estado original está sujeta a las disposiciones de la ley 2009-69. El término «distribuidor mayorista» se refiere al operador comercial que, en el marco de su actividad, compra productos o mercancías en grandes cantidades, tanto a productores locales como mediante importación, con el objetivo de revenderlos a otros operadores comerciales.

Por «distribuidor minorista», en cambio, se entiende el operador que, en el ejercicio de su actividad, compra bienes a un mayorista, a un fabricante o mediante importación y los ofrece directamente a los consumidores finales.

La Ley n.º 36-2015, sobre la competencia, también se aplica a los contratos de distribución en Túnez, ya que se aplica a cualquier cláusula de exclusividad o de no competencia que pueda afectar al acceso al mercado. En los sectores regulados (por ejemplo, el farmacéutico), pueden entrar en juego otras normas en materia de licencias. Cuando la relación es claramente de agencia o franquicia, pueden aplicarse diferentes marcos jurídicos (entre ellos, la Ley 2009-69 sobre franquicias). Por lo tanto, es fundamental aclarar, en primer lugar, el tipo de relación.

¿En qué se diferencian los distribuidores de los agentes o franquiciados según la legislación tunecina?

Un distribuidor compra y revende mercancías en su propio nombre y asume los riesgos comerciales (por ejemplo, las existencias sin vender). Un agente, a diferencia de un distribuidor, está autorizado a representar al mandante y normalmente no compra mercancías por su cuenta. Los contratos de agencia pueden prever protecciones legales específicas, como la obligación de preaviso y el derecho a indemnización en caso de rescisión.

La franquicia implica el uso de la marca y los conocimientos técnicos del franquiciador y se rige por la ley n.º 2009-69, que exige un contrato escrito y una información precontractual. Es fundamental clasificar correctamente el acuerdo, ya que los distribuidores no se benefician de las mismas protecciones obligatorias que se reconocen a los agentes en caso de terminación de la relación.

¿Existen formalidades o requisitos de registro para los contratos de distribución en Túnez?

No existe ninguna obligación legal de autenticación notarial o registro de un contrato de distribución estándar. Sin embargo, se recomienda celebrar un contrato por escrito que cubra los términos esenciales, como los precios, el territorio y la rescisión. En algunos sectores regulados (por ejemplo, el farmacéutico), el distribuidor debe estar en posesión de la licencia correspondiente expedida por el ministerio competente, pero esto se refiere más al registro de la actividad del distribuidor que al contrato de distribución en sí. Las partes suelen verificar el registro mercantil del distribuidor (Registre du Commerce) y confirmar que está autorizado para comercializar los productos específicos.De conformidad con el artículo 4 de la Ley 2009-69, el distribuidor está obligado a notificar al ministerio competente en materia de comercio el inicio de su actividad en el plazo de un mes. En el mismo plazo, está obligado a informarle de cualquier cambio relacionado con la actividad. La notificación debe incluir el nombre del distribuidor, la naturaleza de la actividad, la dirección de los locales, su superficie y el número de registro en el registro mercantil. En el caso del comercio electrónico, la notificación se considera realizada mediante la presentación de una copia del contrato de hosting del sitio web comercial, en el plazo de un mes a partir de la fecha de celebración del contrato. Cualquier cambio realizado en el sitio web debe comunicarse en el mismo plazo.

¿Qué investigaciones deben realizar los proveedores extranjeros antes de nombrar a un distribuidor local?

Es aconsejable verificar la situación social y la estabilidad financiera del distribuidor a través del Registre du Commerce tunecino y examinando los balances o las referencias disponibles. Es esencial verificar la existencia de litigios anteriores, asegurarse de las capacidades operativas (como el almacenamiento y el transporte) y confirmar la posesión de las licencias y autorizaciones pertinentes al sector. Una evaluación exhaustiva de la reputación del distribuidor en el mercado y de su cartera de productos existente puede ayudar a anticipar posibles sinergias o conflictos de intereses.

¿Qué cláusulas son esenciales en un contrato de distribución en Túnez?

Puesto que no existe una ley específica sobre la distribución, es fundamental definir claramente por escrito las obligaciones de las partes. Las cláusulas estándar se refieren a la gama de productos, el territorio (exclusivo o no exclusivo), los métodos de fijación de precios, las condiciones de pago (moneda, plazos, posibles límites de crédito) y la duración. El contrato también debe especificar los parámetros de referencia para el rendimiento: la importancia de los objetivos de venta, los motivos de rescisión (incumplimiento, incumplimiento de los objetivos, insolvencia, fuerza mayor) e indicar un período de preaviso. También deben incluirse cláusulas relativas al uso de la propiedad intelectual, la confidencialidad y el cumplimiento de la ley tunecina sobre la competencia (en particular, las prohibiciones de imponer los precios de reventa y las cláusulas de no competencia excesivamente amplias).

¿Se permiten las cláusulas de exclusividad y cómo las regula la legislación sobre competencia?

La exclusividad está permitida por la Ley n.º 36-2015, siempre que no cree un monopolio de hecho ni bloquee de manera significativa la entrada de competidores en el mercado. El artículo 5 enumera los tipos de acuerdos y prácticas prohibidos por la ley, es decir, aquellos cuyo objeto o efecto es obstaculizar la competencia (por ejemplo, la fijación de precios, la división de mercados). Se puede permitir un contrato de distribución exclusiva siempre que no implique o tenga por objeto crear una situación de monopolio, excluyendo a los competidores o fijando los precios de reventa. El artículo 6 prevé excepciones para determinados acuerdos, si estos aportan un «progreso técnico o económico» y si las ventajas para los consumidores superan la restricción de la competencia. Esto indica que solo están sujetas a restricciones las limitaciones de la competencia que perjudican al mercado.

En Túnez, las cláusulas de exclusividad son frecuentes; sin embargo, si una de las partes ocupa una posición dominante, el Consejo de la Competencia puede intervenir si el acuerdo limita injustificadamente la competencia.

Las cláusulas de no competencia suelen estar permitidas durante la vigencia del contrato, siempre que se limiten a los productos objeto del contrato. Tras la rescisión, estas cláusulas deben estar limitadas en el tiempo (por lo general, de seis a doce meses) y referirse únicamente a un ámbito geográfico y de productos específico.

¿Tienen derecho los distribuidores a una indemnización en caso de rescisión del contrato?

La legislación tunecina no reconoce a los distribuidores el derecho legal a una indemnización como consecuencia de la resolución del contrato. Por el contrario, en los contratos de agencia, los tribunales pueden conceder una indemnización. En las relaciones de distribución, las posibles protecciones dependen exclusivamente de las cláusulas contractuales. En cualquier caso, los jueces pueden reconocer una indemnización si la rescisión se produce en mala fe o se considera abusiva, por ejemplo, en ausencia de un preaviso razonable en relaciones de larga duración.

¿Cuáles son los plazos de preaviso recomendados? ¿La ley establece plazos mínimos obligatorios?

La legislación tunecina no impone un plazo de preaviso legal para la rescisión o la no renovación de un contrato de distribución. Se recomienda un preaviso razonable, normalmente de 30 a 90 días, especialmente para los contratos de duración indefinida o aquellos en los que el distribuidor ha realizado inversiones significativas. Indicar el plazo de preaviso en el contrato ayuda a prevenir controversias en caso de rescisión repentina.

¿Como se gestionan las existencias no vendidas una vez rescindido el contrato?

El proveedor no tiene ninguna obligación de recomprar las existencias del distribuidor. Por este motivo, se recomienda que sea el contrato el que regule este aspecto de la relación, estableciendo si existe una obligación de recompra por parte del proveedor o si el distribuidor puede seguir vendiendo las existencias durante un periodo determinado. En ausencia de una cláusula contractual, es el distribuidor quien asume el riesgo de las existencias sin vender. A veces, las partes acuerdan la recompra, incluso en ausencia de una previsión contractual, para garantizar una ruptura amistosa de la relación.

¿Puede el contrato regirse por leyes extranjeras y por el arbitraje internacional?

Las partes de un contrato de distribución internacional son libres de elegir una ley extranjera, pero los tribunales tunecinos aplicarán en cualquier caso las normas imperativas del país (derecho de la competencia, principios de orden público) en caso de litigio a nivel local. Las cláusulas arbitrales son ampliamente aceptadas porque Túnez es signatario de la Convención de Nueva York, que simplifica la ejecución de los laudos arbitrales extranjeros. Si, por el contrario, se obtiene una sentencia extranjera, es necesario un procedimiento de exequátur ante los tribunales tunecinos para garantizar que la sentencia no sea contraria al orden público y que exista reciprocidad.

Dr. Christian Steiner

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