Acuerdos de distribución en la región MENA

14 febrero 2024 - Dr. Christian Steiner, Dr. Christian Ule und Sophie Greiner

En este artículo, ofrecemos una visión general de los contratos de distribución en Marruecos, Argelia, Egipto y Arabia Saudita y sus particularidades.

La celebración de contratos de agencia comercial y de distribución (en inglés: «commercial agency & distributorship agreements»), los más comunes entre los contratos de distribución, plantea una serie de riesgos en la región de Oriente Medio y Norte de África (MENA) que las empresas extranjeras deben conocer para poder mitigarlos. Este artículo arroja luz sobre algunas particularidades en Marruecos, Argelia, Egipto y Arabia Saudita.

Agentes comerciales y distribuidores: ¿Cuál es la diferencia?

Los agentes comerciales son personas que, a cambio de una comisión, realizan transacciones comerciales en nombre y por cuenta de otra empresa, creando así una cartera de clientes para esa empresa. Esto los distingue de los distribuidores, que suelen adquirir los productos de una empresa a precios reducidos y revenderlos en su propio nombre, por lo que sus ganancias consisten en el margen de beneficio. Por regla general, se aplican diferentes regulaciones a los agentes comerciales y a los distribuidores, ya que los primeros necesitan más protección.

¿A qué deben prestar atención las empresas a la hora de negociar contratos de distribución en la región MENA?

Exclusividad: La ley de competencia argelina prohíbe la exclusividad en los contratos de distribución. En Marruecos, en cambio, las partes son libres de decidir, pero el agente comercial tiene derecho a una comisión en caso de contrato exclusivo, incluso si no ha participado en la celebración del contrato. En Egipto, la exclusividad se aplica en los contratos de agencia comercial a menos que las partes acuerden lo contrario. En Arabia Saudita, el Ministerio de Comercio consideraba anteriormente que todo contrato de agencia comercial era automáticamente un contrato exclusivo, hasta que finalmente reconoció las relaciones contractuales no exclusivas en el pasado más reciente. La exclusividad es obligatoria para determinados productos en Arabia Saudita.

La actual legislación saudí y su reglamento de aplicación no exigen que el agente/distribuidor comercial sea nombrado con carácter exclusivo para los productos o el territorio en cuestión. Sin embargo, si se nombra a un agente/distribuidor comercial con carácter exclusivo, la exclusividad suele ser aplicada y protegida por las autoridades competentes (Ministerio de Comercio y tribunales competentes en caso de litigio). El proyecto de ley (que aún se encuentra en fase de consulta) permite, en general, los acuerdos de exclusividad entre un empresario y un agente/distribuidor comercial. El Ministerio de Comercio puede rescindir dicho acuerdo de exclusividad si pudiera restringir la competencia en el mercado y/o provocar una distribución ineficiente de determinados productos en el mercado.

Nacionalidad: Algunos países como Egipto y Arabia Saudita siguen exigiendo que los agentes comerciales tengan la nacionalidad egipcia o saudí, respectivamente. Aunque al menos para Arabia Saudita se ha anunciado la abolición de este requisito, queda por ver cuándo y si esta reforma se aplicará realmente. El proyecto de ley saudí prevé que los extranjeros (de fuera del Consejo de Cooperación del Golfo) puedan actuar como agentes/distribuidores comerciales en el Reino si obtienen una licencia del Ministerio de Inversiones y Comercio.

Restricciones de exclusividad: En algunos países árabes, los agentes y distribuidores comerciales gozan de importantes derechos y privilegios. Por ejemplo, según la legislación de Arabia Saudita, es difícil para los fabricantes nombrar un nuevo agente/distribuidor comercial al finalizar el contrato hasta que se resuelvan definitivamente todas las controversias. Esto puede llevar años. Este bloqueo puede evitarse no acordando la exclusividad entre las partes desde el principio o al menos limitando la exclusividad a determinadas regiones o productos. En Egipto, en general se puede acordar una restricción de la relación de agencia a regiones, sectores, proyectos o clientes, de modo que se pueden utilizar varios agentes comerciales para la distribución de productos extranjeros en Egipto. No obstante, para evitar conflictos, debe indicarse expresamente en los contratos de distribución que no se concede exclusividad al agente comercial.

Requisito de registro: En Arabia Saudita, existe un requisito de registro para los agentes/distribuidores comerciales en el Ministerio de Comercio. Según el proyecto de ley, también tendrían que registrarse en el Ministerio de Inversiones si son extranjeros. En Egipto, esta obligación sólo existe para los agentes comerciales. No es posible eludir el requisito de registro aplicando la legislación extranjera. La no inscripción se castiga con fuertes multas en Arabia Saudita y Egipto, pero no invalida el contrato. Es recomendable incluir en el contrato una cláusula detallada de indemnización para el agente/distribuidor por no solicitar la cancelación del registro a la finalización del contrato.

Dificultad de rescisión: En muchos países, puede ser muy difícil rescindir el contrato con el agente/distribuidor comercial incluso en caso de incumplimiento claro del contrato. Es recomendable incluir en los contratos cláusulas de rescisión claras que estandaricen y definan los incumplimientos sustanciales del contrato por parte del agente/distribuidor comercial.

Plazos de preaviso: En general, los plazos de preaviso dependen de la duración del contrato existente. Por ejemplo, para los contratos de agencia comercial en Marruecos, el plazo de preaviso es de un mes en el primer año del contrato, de dos meses en el segundo año y de tres meses en los años siguientes a partir del tercero. La desviación de esta norma sólo es posible para ampliar el plazo de preaviso. En Egipto, en general es recomendable especificar exactamente en el contrato qué plazos de preaviso deben respetarse, ya que éstos no están regulados por la ley.

Reclamaciones de indemnización: No es raro que se produzcan elevadas reclamaciones de indemnización al finalizar el contrato de agencia comercial o al no renovar un contrato de duración determinada. Las disposiciones obligatorias de la Ley egipcia de agencias comerciales, como las relativas a las reclamaciones de indemnización, no pueden ser objeto de contrato. La reclamación de indemnización se basa en el daño causado al agente comercial, así como en su influencia y esfuerzos para promocionar los productos y aumentar la cartera de clientes.

Importaciones paralelas a pesar de los acuerdos de exclusividad: Los contratos exclusivos registrados no siempre impiden las importaciones paralelas en la práctica. Las empresas deben registrar sus derechos de propiedad intelectual a nivel local y no rehuir la posibilidad de demandar a sus socios contractuales para aumentar la presión de cumplimiento de los contratos. También debe tenerse en cuenta que, en Arabia Saudita, el mercado negro compite a menudo de forma insostenible con el agente/socio de distribución legítimo.

Resolución de conflictos: Marruecos es uno de los países que no permiten cláusulas de elección de ley en los contratos de distribución. Pero incluso cuando las cláusulas de elección de ley son legalmente posibles en principio, puede ocurrir que los tribunales locales a los que se recurre las ignoren, así como las cláusulas de resolución de conflictos, se consideren competentes a nivel local e internacional y apliquen la legislación local. En Egipto también, los contratos de agencia comercial están sometidos obligatoriamente a la legislación y a la jurisdicción egipcias. En Arabia Saudita, los tribunales tienden a aplicar la legislación saudí a los litigios entre un mandante extranjero y su agente/distribuidor comercial saudí, incluso si las partes han elegido una legislación extranjera. En las demandas presentadas por un agente saudí contra su mandante extranjero, los tribunales saudíes suelen declararse competentes, incluso si las partes han acordado en su contrato la jurisdicción de un tribunal extranjero. La ejecución de los laudos arbitrales en la región MENA es más fácil que la ejecución de las sentencias de los tribunales alemanes. A la hora de elegir el lugar de la jurisdicción, es recomendable considerar la probabilidad de interponer una demanda uno mismo o de ser demandado. 

Si podemos ayudarles en la redacción de contratos o en un litigio de derecho de distribución, no duden en escribirnos a info@mideastlaw.de

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